Paco Pasapera / Asociado
Alcance sobre el Período de prueba
(DEI período de prueba tiene un plazo de duración de tres (3) meses, el cual, de acuerdo con la naturaleza de las labores, puede ser ampliado —por escrito hasta un plazo máximo de seis (6) meses, en el caso de trabajadores calificados o de confianza, y, hasta doce (12) meses, en el caso del personal de dirección. (ii) En caso de suspensión del vínculo laboral o reingreso del, trabajador, se suman los ) períodos laborados.
No obstante, ante el reingreso del trabajador después de tres (3) años o a un puesto de trabajo distinto, no corresponde la acumulación de períodos laborados. (iiid ) Una vez superado el período de prueba el trabajador adquiere el derecho a la protección contra el despido arbitrario.