Víctor Ramos / Asociado
El rol de los empleadores en la promoción de la lactancia materna
La lactancia materna es una práctica esencial que brinda innumerables beneficios a las madres trabajadoras como a los recién nacidos. En nuestro país, esta valiosa práctica es promovida y protegida por las Leyes 27240 y 29896.
No obstante lo anterior, aún persisten desafíos que enfrentan las madres trabajadoras que desean amamantar a sus hijos mientras cumplen con sus responsabilidades laborales, lo que genera una relación de desigualdad con otros trabajadores.
En ese sentido, teniéndose en consideración que, entre el 1° y el 7 de agosto de cada año, se celebra la Semana Mundial de la Lactancia Materna -a iniciativa de la Organización Mundial de la Salud(OMS) y del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en 1992- es necesario analizar el rol que cumplen los empleadores en el fomento y apoyo de la lactancia materna, y cómo el compromiso de los mismos con esta causa puede generar un impacto significativo en la sociedad.
El permiso para la lactancia materna es un derecho de la madre y del niño, el cual ha sido objeto de pronunciamiento y reconocimiento por parte del Tribunal Constitucional en la Sentencia de fecha 5 de marzo del año 2019, recaída en el Expediente N° 01272-2017-PA/ TC, en la que se destaca que su vulneración genera la afectación de otros derechos fundamentales, entre ellos, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de trabajo, a la protección de la familia y a la salud del medio familiar, etc.
Por ello, para que dicho derecho sea una realidad y no solo un enunciado legal, los empleadores deben cumplir con las obligaciones que se señalan a continuación:
1. Deben asumir un rol activo y comprometido en el proceso, reconociendo a todas las madres trabajadoras el derecho al permiso para la lactancia materna, el cual se otorga al término del descanso postnatal por una (1) hora diaria hasta que el menor cumpla un (1) año de edad.
2. Deben contar con un lactario -cuando en el centro de trabajo hayan más de veinte (20) mujeres en edad fértil- el cual debe cumplir con ciertas exigencias establecidas en la ley, para que las madres con hijos en período de lactancia, puedan extraer y conservar adecuadamente la leche materna durante el horario de trabajo.
3. El tiempo destinado al uso del lactario durante el horario de trabajo no puede ser inferior a una (1) hora diaria, y no debe confundirse con el permiso para la lactancia materna, pues se trata de derechos distintos, irrenunciables e indisponibles.
Deben promover una cultura de apoyo a la lactancia materna, lo que los obliga a promover, informar y/o capacitar al personal sobre los beneficios de la lactancia materna, y sobre la importancia del uso del lactario institucional como mecanismo de conciliación de la vida familiar y laboral para la participación de la mujer en el mercado de trabajo.
Asimismo, debe destacarse que, los empleadores podrán acordar con las madres gestantes y lactantes la ejecución de teletrabajo, para lo cual deberán evaluar previamente la naturaleza de las funciones y el perfil del puesto de trabajo.
En ese sentido, será necesario que los empleadores evalúen opciones de flexibilidad horaria que permitan a las madres trabajadoras conciliar sus responsabilidades familiares con sus actividades laborales. Y es que, ofrecer a las trabajadoras la posibilidad de ajustar el horario laboral o implementar jornadas laborales flexibles será un valioso recurso para facilitar la lactancia materna y mejorar la calidad de vida de las madres trabajadoras y de sus hijos.
La promoción y apoyo de la lactancia materna, así como el cumplimiento de la ley no solo es beneficioso para las madres trabajadoras y sus hijos, sino que también lo es para los empleadores, pues de ese modo se reducirá el ausentismo, creándose -de ese modo- un ambiente laboral comprometido con el desarrollo integral de las personas, lo que favorecerá un mejor desempeño laboral y permitirá la mejora de la productividad de las trabajadoras.
Por tanto, promover la lactancia materna en el entorno laboral es un compromiso que no solo es exigible a las madres trabajadoras, sino también y principalmente a los empleadores, quienes deben brindar un apoyo real y significativo, para -de ese modo- contribuir al bienestar de las madres trabajadoras y de sus hijos, del entorno laboral y de la sociedad en su conjunto.