Obligaciones del empleador para proteger la salud del personal que labora expuesto a la radiación solar

Candy Cortez

Obligaciones del empleador para proteger la salud del personal

(i) Informar, al inicio de la relación laboral, sobre los riesgos que genera la exposición a la radiación solar, y las medidas para prevenir daños a la salud. 

(ii) Disponer que las actividades laborales se realicen, preferentemente, entre las 08:00 y las 10:00 horas, oa / partir de las 16:00 horas.

(iii) Proveer instrumentos O accesorios de protección solar cuando resulte inevitable la exposición, tales como, sombreros, gorros, anteojos y bloqueadores solares.

(iv) Exhibir carteles, avisos o anuncios que informen que “La exposición prolongada a la radiación solar produce daño a la salud”.

(v) Promover acciones de arborización que permitan la generación de sombra natural dentro de sus instalaciones.